La Universidad Nacional Experimental Politécnica ¨Antonio José de Sucre¨, fue creada de conformidad con los artículos 10 de la Ley de Universidades y 3º del Decreto 3.087 del 20 de febrero de 1979 y dicta su Reglamento General, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 4.684 Extraordinario del 01-02-1994.

El Artículo 104 del Reglamento de la UNEXPO vigente, deroga el Reglamento de la Unexpo del 22/02/79 publicado en Gaceta Oficial Nº 2.413, Extraordinario, del 01/03/79, así como todas aquellas disposiciones reglamentarias que colidan con el presente reglamento.

 

QUIENES LA CONFORMAN:

Esta institución de educación superior encara el futuro con fe y confianza, por cuanto su trayectoria en términos de espacio y tiempo se fundamenta en los conocimientos y experiencias acumulados en áreas de la ciencia, la técnica y el humanismo, en el ámbito de sus Vice-Rectorados de Barquisimeto (22-10-1962) Puerto Ordaz (23-11-1971) y Caracas (23-01-1974), y posteriormente fue aprobado la creación de sus núcleos ubicados en Carora (Barquisimeto), Charallave(06-01-84) y Guarenas-20/11/81 (Caracas) y Guasipati (Ciudad Bolívar).

Objetivos de la UNEXPO

Según el Artículo 4 de su Reglamento:

  • Formar profesionales universitarios en el área científica, tecnológica, en ciencias puras y aplicadas y en otras áreas del saber a nivel de Pre y Post-Grado y en diferentes especialidades y menciones.
  • Propiciar la incorporación de tales profesionales al desarrollo tecnológico y del sector productivo del país en todas sus fases: investigación, desarrollo, innovación, planificación, diseño, dirección, operación y mantenimiento.
  • Fortalecer la integración entre la Universidad, las empresas y los organismos del Estado y la comunidad, a fines de orientar y desarrollar los programas de formación de recursos humanos.
  • Desarrollar programas de investigación en ciencia, tecnología y otras áreas del saber que estimulen el talento y la inventiva, orientados por necesidades prioritarias de carácter local, regional, nacional y universal.
  • Propiciar y desarrollar programas de extensión, orientados a elevar el nivel cultural, científico y social del área de influencia de la Universidad.
  • Estimular la autorrealización de los miembros de la comunidad universitaria, de acuerdo con sus intereses intelectuales, sociales, culturales y deportivos y a sus aptitudes y necesidades, con el objeto de contribuir a su desarrollo personal.
  • Establecer convenios regionales, nacionales e internacionales, de integración y cooperación con Universidades y otras instituciones y organismos, para la realización de programas de docencia, de investigación y extensión.
  • Establecer cursos de actualización, especialización, maestría y doctorado en disciplinas que se cursan en la Universidad y otras áreas de interés para la región y el país.
  • Promover actividades deportivas y recreativas que coadyuven al bienestar de los estudiantes, de la comunidad universitaria y de la comunidad en general.
  • Promover el uso racional, la protección y el mejoramiento del ambiente y contribuir al enriquecimiento de la calidad de vida en la región y en el país.
  • Propiciar un ambiente democrático de armonía entre los diferentes sectores que conforman el quehacer universitario y la participación de docentes y estudiantes en la elección del gobierno universitario.
  • Evaluar periódicamente el funcionamiento de la Universidad a los fines de verificar, redimensionar y optimizar el cumplimiento de su misión y objetivos.

La Autoridad suprema de la Universidad reside en su Consejo Universitario, el cual ejercerá las funciones de gobierno por órgano del Rector, de los Vice-Rectores y del Secretario, conforme a sus respectivas atribuciones.

 

Fuente: Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 4.684 Extraordinario del 01/02/94.

Recopilado por: Adela González. Comunicadora Social 8220.

01/02/1994

 

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